¿Es Necesario formalizar ante notario un Contrato de Arrendamiento en Yucatán?
¿Qué Dice la Ley en Yucatán? De acuerdo con el artículo 1573 del Código Civil del Estado de Yucatán, todo contrato de arrendamiento debe constar por escrito, independientemente de la cuantía de la renta anual. Además, debe formalizarse ante notario público cuando el plazo no exceda de tres años y en escritura pública cuando el […]
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